La Superintendencia de la Información y
Comunicación (Supercom) sancionó administrativamente al canal de
televisión Ecuavisa y al presentador del programa de entrevistas
Contacto Directo, Alfredo Pinoargote, por discriminación.
Basándose en un informe del Consejo de Regulación de la Información y Comunicación, la Supercom resolvió que, tanto el canal como Pinoargote, incurrieron en una falta del artículo 62 de la Ley Orgánica de Comunicación.
Dicho artículo señala que "está
prohibida la difusión, a través de todo medio de comunicación social, de
contenidos discriminatorios que tenga por objeto o resultado menoscabar
o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos
reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales. Se
prohíbe también la difusión de mensajes a través de los medios de
comunicación que constituyan apología de la discriminación e incitación a
la realización de prácticas o actos violentos basados en algún tipo de
mensaje discriminatorio".
Por ello, la Supercom señaló que Ecuavisa y el presentador deberán
difundir en el mismo espacio (Contacto Directo), en un plazo de 72 horas
una disculpa con el pueblo
afroecuatoriano y con la colectividad de diversa orientación sexual,
"por los comentarios discriminatorios por razones de etnia y orientación
sexual, emitidos el 7 de enero de 2014".
Ese día, Pinoargote, en su espacio de entrevistas, señaló: "La
libertad de expresión tiene su máxima expresión, valga la
redundancia... pero hay un ambiente o un sistema de restricción a esa
libertad, por ejemplo ya no se le puede decir a los gays maricas, a los
afros no se les puede decir negros, a los ladrones no se les puede decir
ladrones...".
Por esta afirmación, el canal deberá además publicar su disculpa en la primera interfaz de su portal web por un plazo no menor a siete días consecutivos.
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